Podrá participar el profesorado adscrito a las instituciones educativas convocadas, a través de una red académica la cual debe estar conformada por un profesor que se encuentre en funciones frente a grupo, quien fungirá como responsable del proyecto, y de dos a seis colaboradores que pueden pertenecer a la misma Dirección General o incluso a otra institución educativa del nivel medio superior o superior. En ningún caso un director o cualquier otra autoridad del plantel podrá ser responsable del proyecto.
El personal docente perteneciente a las Brigadas de Educación y Desarrollo Rural solo podrá participar como colaborador de la red académica.
No podrá participar el personal docente que tenga un proyecto en desarrollo dentro del Programa de Innovación e Investigación Tecnológica y Educativa.
No podrá participar el personal docente de planteles que presenten adeudo de comprobaciones por concepto de recursos financieros asignados a proyectos apoyados con anterioridad.
No podrá participar el personal docente de planteles que presenten adeudo financiero de este u otros programas, que se regulen bajo las “Reglas para el Ejercicio de Recurso a través de las partidas 2108 Materiales y Suministros para Planteles Educativos y 3112 Servicios Generales para Planteles Educativos.
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